jueves, 5 de mayo de 2011

Sala Consitucional TSJ: Prohibe el cobro de segundas carreras en universidades públicas

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió que ninguna universidad pública podrá cobrar matrícula a los estudiantes que cursen segundas carreras en estas casas de estudio.




La Defensoría del Pueblo, a través de una nota de prensa, indicó que la sentencia responde a una acción de amparo introducida por estudiantes profesionales de la UCV, asesorados por este ente gubernamental.




Señala la decisión: "Se hace extensivo los efectos de la presente decisión, en el sentido que ninguna Universidad Pública podrá exigir el pago de la matrícula a los llamados estudiantes profesionales o cursantes de segundas carreras, ni otros pagos para su permanencia o ingreso en dichas Universidades, así como tampoco podrán ser limitados en el ejercicio del derecho de participación política establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela."


Enlace: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/abril/562-25411-2011-10-0992.html

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