jueves, 5 de mayo de 2011

TSJ suspende elecciones en LUZ

En cuanto a la medida cautelar solicitada, la Sala Electoral señala en su sentencia que de los planteamientos alegados por Ricardo Josue Espejo Trujillo, es evidente que tales circunstancias “pueden llegar a constituir un condicionante fáctico de primer orden, que se traducen, aparentemente, en un obstáculo ostensible a la posibilidad material de que los integrantes de ese cuerpo electoral estudiantil universitario ejerzan su derecho al sufragio mediante el voto e incluso que se hubiesen podido desarrollar con normalidad los actos propaganda electoral.”



Agrega la sentencia que “la amenaza cierta de realización de un paro de transporte el día en que debe realizarse el acto de votación, podría llegar a constituir, aparentemente, una situación que dificulte la participación del universo electoral. Asimismo, pareciera que la realización de un paro nacional de universidades afecta igualmente la realización de los actos de propaganda en el marco de la campaña electoral.”

"La Sala Electoral indica que es evidente la existencia de la presunción grave de amenaza de violación al derecho constitucional de sufragio en su modalidad activa (artículo 63) del solicitante, así como de los estudiantes de La Universidad del Zulia.

"Luego de comprobar la Sala del TSJ, que en el presente caso se cumplen los requisitos para acordarla, fue declarada con lugar la solicitud de medida cautelar innominada de suspensión del acto de votación del proceso electoral para la escogencia de los órganos de gobierno y cogobierno estudiantil de La Universidad del Zulia, en consecuencia, se suspende el acto de votación fijado para el 5 de mayo de 2011, “hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa”, señala la sentencia.

Enlace: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/selec/Mayo/20-4511-2011-2011-000029.html

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