jueves, 28 de abril de 2011

Aspectos resaltantes del Aumento del Salario Mínimo

Decreto N° 8.167, mediante el cual se fija un aumento del veinticinco por ciento (25%) del salario mínimo mensual obligatorio en todo el Territorio Nacional.



(Gaceta Oficial N° 39.660 del 26/04/11)


Aspectos Resaltantes:


- Se fija un aumento del veinticinco por ciento (25%) del salario mínimo mensual obligatorio en todo el Territorio Nacional, para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, de la siguiente manera:
  • A partir del 1° de mayo de 2011, el 15%, con lo cual el salario mínimo mensual obligatorio a partir de esta fecha será de Bs. 1.407,47.
  • A partir del 1º de septiembre de 2011, el 10% restante, con lo cual el salario mínimo mensual obligatorio a partir de esa fecha será Bs. 1.548,21.



- Se fija como monto mínimo de las pensiones de los jubilados y las jubiladas, pensionados y pensionadas de la Administración Pública Nacional, el salario mínimo obligatorio en todo el Territorio Nacional, para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado.


- Se fija como monto mínimo de las pensiones otorgadas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), el salario mínimo obligatorio en todo el Territorio Nacional, para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado.


- El Decreto entrará en vigencia a partir del 1º de mayo de 2011.
 
Enviado por: Saul Medina.

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